Alberto Fernández decidió “no acatar” el fallo de la Corte Suprema de Justicia que le ordenó al gobierno nacional devolverle a la Ciudad de Buenos Aires el porcentaje de coparticipación que le había quitado. La situación desencadenó la crítica de la oposición y también la de varios abogados constitucionalistas, quienes señalaron que esta desobediencia “es causal de juicio político”. Uno de ellos es Diego Armesto, quien afirmó que de concretarse el incumplimiento de la medida cautelar por parte del jefe de Estado, podría causar consecuencias tanto en el ámbito penal como en el legislativo. En este sentido, el especialista en la materia señaló que, al ser el mandatario nacional la máxima autoridad ejecutiva del país existe “un grave conflicto de poderes” y su accionar podría encuadrarse “dentro del artículo 36 de la Constitución”, el que hace referencia a “actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático”, por lo que consideró que “es causal suficiente de juicio político” por parte del Congreso. Armesto señaló que, además, la decisión de Alberto Fernández podría ser entendida como un delito de sedición, tipificado en el artículo 230 del Código Penal, que reprime “con prisión de uno a cuatro años” a quien se alce “públicamente para impedir la ejecución de las leyes nacionales o provinciales o de las resoluciones de los funcionarios públicos nacionales o provinciales”. Asimismo, el letrado advirtió que el gobierno porteño podría “solicitar ante la misma Corte Suprema el embargo y la ejecución inmediata de la medida cautelar”, para que, a pesar de la negativa de Fernández, la orden se cumpla y le transfieran los fondos en disputa. Por su parte Daniel Sabsay sostuvo que “solamente en la Argentina se puede dudar sobre el acatamiento o no de un fallo de la Corte”, porque al hacer esto “se trata de un claro incumplimiento de la Constitución”. Además, señaló que “es interesante ver” que en España ocurrió recientemente un conflicto similar, en el que “también se ha criticado un fallo” del Tribunal de Garantías Constitucionales, e incluso “se ha considerado que se trataba de una suerte de Golpe de Estado”. Sin embargo, allí se lo acató, eso no se discutió porque hay que cumplir con la Constitución. En la Argentina, en cambio, por parte de estos depredadores de la Constitución y de la República, está en tela de juicio”, cuestionó Sabsay.
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