La Cámara Federal de Casación anuló el procesamiento contra Cristina Fernández en la causa abierta en su contra por el fallecido juez Claudio Bonadio por el envío de diarios, muebles y otros objetos a Santa Cruz en el avión presidencial entre 2003 y 2015. La ex mandataria había sido procesada por Bonadio en 2019 bajo el delito de “peculado”, decisión que fue parcialmente avalada por la Cámara Federal, en un fallo firmado por los jueces Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens. La causa de los “Vuelos canillitas”, que es una de las ocho indagatorias simultáneas que dispuso Bonadio para la ex presidente, como derivación del expediente de los Cuadernos de las Coimas, también imputó al senador Oscar Parrilli, que ejercía entonces como Secretario General de la Presidencia. Cristina Fernández y Parrilli fueron acusados por Bonadio de “haber usado y/o haber ordenado el uso de los aviones de la flota presidencial con el único fin de llevar diarios a Néstor Kirchner y/o a Cristina Fernández a las ciudades de Calafate y/o Río Gallegos cuando cualquiera de ellos se encontraba en dichas ciudades”. “Ello habría sucedido en forma regular entre los años 2003 y 2015, mientras Néstor Kirchner ejercía la Presidencia del país, y Cristina Fernández era Senadora Nacional o Presidente, en tanto que Oscar Parrili era Secretario General de la Presidencia, de la que dependía la Casa Militar y la Agrupación Aérea Presidencial y se realizaba en los aviones Tango 02, 03, 04 y/o Tango 10 y excepcionalmente en el avión denominado 5T20”, sostenía la acusación en su contra. La vicepresidente y Parrilli también habían sido acusados de “haber usado y/o el haber ordenado el uso del avión Tango 01 en varias oportunidades para transportar desde el exterior muebles, ropa de blanco y otro tipo de enseres cuyo destino final era alguno de los hoteles de la ciudad del Calafate, propiedad de la familia Fernández-Kirchner”. En esta ocasión, la Cámara Federal máximo tribunal penal hizo lugar a un planteo de la defensa de la ex presidente por la presunta falta de imparcialidad del juez Bonadio, que fue quien formuló la denuncia, se quedó con la investigación en lugar de promover el sorteo de otro magistrado para el trámite, y finalmente dispuso el procesamiento. “La pesquisa del presente expediente data de hechos que habrían sido cometidos entre 2003 y 2015 y fue iniciada tres años después de haber cesado la presunta comisión del delito, a instancias del propio magistrado recusado, quien ordenó la extracción de testimonios en el marco de otro proceso a su cargo, originando de este modo la persecución penal”, señala el fallo, firmado por los jueces Alejandro Slokar y Carlos Mahiques. La Cámara Federal había rechazado los planteos contra el origen y la instrucción de la causa, al tiempo que confirmó parcialmente el procesamiento contra la vicepresidente. La Casación consideró que “las circunstancias reseñadas dan cuenta, por un lado, del fundado temor de parcialidad respecto del entonces magistrado actuante, impedido desde siempre de haber intervenido en este expediente”. Además, el fallo evaluó que ante los argumentos de la ex presidente y de Parrilli “se omitió dar adecuado tratamiento a la nulidad planteada en torno a la presunta afectación de la garantía del juez natural y de imparcialidad, motivada en la circunstancia de que la presente investigación estuviera a cargo del mismo juez que dispuso la extracción de testimonios que dio origen al proceso”. El tercer juez del tribunal, Guillermo Yacobucci, se inclinó por rechazar el planteo de Cristina Fernández porque “no se dirige contra una sentencia definitiva”.
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