El cierre de listas en la provincia de Buenos Aires dejó como saldo una fuerte controversia, especialmente en el peronismo, donde la definición de candidaturas se resolvió sobre el filo del plazo legal y con nombres que reabrieron un viejo debate: el de las candidaturas testimoniales. En el armado de Fuerza Patria, la boleta incluye a la vicegobernadora Verónica Magario como primera candidata por la Tercera Sección Electoral y a varios intendentes en funciones, entre ellos Diego Nanni (Exaltación de la Cruz) y Mario Ishii (José C. Paz), quienes no confirmaron si asumirán en caso de ser electos. Por su parte, la intendenta de Quilmes, Mayra Mendoza, aclaró que sí dejará su cargo para asumir como legisladora provincial si resulta elegida. Desde La Libertad Avanza, también recurrieron a este mecanismo. El actual intendente de Tres de Febrero, Diego Valenzuela, encabeza la boleta por la Primera Sección, y Guillermo Montenegro, jefe comunal de General Pueyrredón, hace lo propio en la Quinta. Las candidaturas testimoniales consisten en postular a dirigentes con alto nivel de conocimiento o gestión, quienes muchas veces no tienen la intención de asumir el cargo al que se presentan. Aunque esta estrategia no está prohibida legalmente, genera críticas por su falta de transparencia frente al electorado. Algunos constitucionalistas señalan que “una cosa es la legalidad y otra es la legitimidad. La cuestión de la legitimidad queda saldada en las urnas, cuando la ciudadanía avala o no esa candidatura con su voto”. Desde el punto de vista legal, no existe ninguna norma que obligue a un candidato a renunciar a su cargo actual ni a asumir la banca para la cual fue elegido. El antecedente más recordado fue en 2009, cuando la oposición intentó impugnar la candidatura a diputado nacional de Daniel Scioli, por entonces gobernador bonaerense. La Cámara Nacional Electoral rechazó la presentación, al sostener que no se puede juzgar una candidatura en base a suposiciones sobre si se asumirá o no el cargo. “Escapa a las atribuciones del Poder Judicial resolver sobre la base de hipótesis o sospechas, por más fundadas que parezcan”, sostuvieron en su fallo los camaristas. El procedimiento de oficialización de listas incluye una primera instancia ante las juntas electorales partidarias. Si un ciudadano considera que alguna candidatura no cumple con los requisitos, puede presentar una impugnación ante el juez federal con competencia electoral y luego, en apelación, ante la Cámara Nacional Electoral. No obstante, la falta de una legislación específica sobre las candidaturas testimoniales deja un vacío que la justicia no puede llenar. A lo largo de los años, se han presentado proyectos para sancionar estas prácticas por considerarlas una defraudación al electorado, pero ninguno prosperó en el Congreso. No existen sanciones para quienes no asumen, cambian de bloque o incumplen lo prometido en campaña. Mientras tanto, las boletas ya están definidas y los nombres en disputa se someterán al veredicto popular, más allá de la polémica que sus postulaciones generan.
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