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La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) decidió “no atender la solicitud de la Fundación Apolo para retirarle la jubilación de privilegio al expresidente Alberto Fernández”. Según fuentes del organismo, esta decisión se basa en que la jubilación es considerada un derecho adquirido, protegido por ley y sólo sujeto a modificación mediante una sentencia judicial firme. El reclamo de la Fundación Apolo surgió después de que la pareja de Alberto Fernández, Fabiola Yañez, presentara una denuncia por violencia de género contra él. La organización argumentó que el expresidente no cumplía con los requisitos de “mérito y honor” para mantener este beneficio. Sin embargo, expertos confirmaron que la jubilación de privilegio es inamovible, incluso en casos de condenas por delitos graves como corrupción, ya que está protegida contra embargos. Alberto Fernández, involucrado actualmente en una investigación por presuntas irregularidades en contrataciones durante su gestión, continuará recibiendo su jubilación de privilegio. Según el Artículo 19, inciso 4 del Código Penal, esta jubilación podría ser suspendida en caso de condena, pasando los beneficios a los parientes con derecho a pensión durante el período de la condena. Desde el oficialismo, se subrayó que el Gobierno no intervendrá como querellante en la causa por violencia de género contra Fernández, dejando la investigación en manos de la Justicia. Mientras tanto, figuras políticas como la expresidente Cristina Fernández, se expresaron sobre el caso, con críticas hacia la situación de la mujer en la sociedad y señalamientos hacia la gestión del expresidente. Este caso no sólo refleja tensiones políticas en Argentina, sino que también abre el debate sobre la protección de derechos adquiridos de los funcionarios públicos después de dejar el cargo. La Ley N°24.018 de Jubilaciones y Pensiones de la Constitución Nacional establece que quienes hayan sido removidos por mal desempeño previo a un juicio político no tienen derecho a la jubilación de privilegio, situación que no aplica en el caso de Alberto Fernández, quien concluyó su mandato sin incidentes legales. Por otro lado, el procurador general del Tesoro, Rodolfo Barra, afirmó que no intervendrá en el caso a menos que la Justicia solicite información específica desde el Gobierno Nacional, delegando la presentación de pruebas al Ministerio Público Fiscal.

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