El Ministerio de Salud bonaerense dispuso que todas las camas del servicio público y privado, queden a su disposición, para ello las instituciones deberán informar sobre su disponibilidad cuatro veces por día. Aquellas instituciones que incumplan con las medidas serán pasibles de sanciones o denuncias penales. El decreto dispone, además, “la absoluta prioridad a la atención e internación de pacientes con COVID-19, mientras que a criterio médico, no se ponga en peligro inminente la salud de los pacientes, además de sostener la atención ambulatoria y las acciones de prevención, en los establecimientos de salud públicos o privados que desarrollen sus actividades en el territorio de la Provincia de Buenos Aires”. En las consideraciones de la resolución, el Ministerio tomó en cuenta que el “relevamiento” hecho por las autoridades sanitarias “ha evidenciado un diferencial de hasta un 24% entre la ocupación de camas informadas en el mencionado sistema y las que efectivamente se hallan ocupadas o liberadas, lo que afecta seriamente toma de decisiones”. El Ministerio dispuso “establecer la implementación del “Sistema de Gestión de Camas” y su ejecución obligatoria para todos los establecimientos de salud públicos o privados que desarrollen sus actividades en el territorio de la Provincia de Buenos Aires, independientemente de su fuente de financiamiento. La Dirección de Información en Salud de la Dirección Provincial de Epidemiología, Prevención y Promoción de la Salud realizará la actualización periódica de este sistema de gestión de camas en coordinación con la Dirección Provincial de Hospitales dependiente de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales de Salud”. También se dispuso “disponer la absoluta prioridad a la atención e internación de pacientes con COVID-19, mientras que a criterio médico, no se ponga en peligro inminente la salud de los pacientes, además de sostener la atención ambulatoria y las acciones de prevención, en los establecimientos de salud públicos o privados que desarrollen sus actividades en el territorio de la Provincia de Buenos Aires durante la vigencia de la emergencia sanitaria”. El Ministerio decidió además “indicar la suspensión y reprogramación de toda cirugía y/o procedimiento que se puedan postergar y que, a criterio médico no revistan urgencia”. Esta medida, “deberá ser cumplida por los establecimientos alcanzados hasta tanto disminuya el porcentaje indicado y se mantenga debajo del 70% durante al menos dos días pudiendo entonces retomar las actividades suspendidas por la presente”. Por otra parte, advirtió que “el Director Médico y/o propietario y/o gerente y/o administrador y/o responsable de los establecimientos (…) que incumplieren con lo establecido serán pasibles” de la aplicación de sanciones y/o denuncias penales.
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