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Quienes debían pagar el “Impuesto a la Riqueza” y no lo hicieron ya conocen su primer castigo. El Gobierno nacional decidió que los empresarios que quieran solicitar ayuda estatal para pagar salarios mediante el programa REPRO II quedarán afuera si no entraron antes del vencimiento del pasado viernes. En efecto, entre los requisitos para acceder al programa, en la resolución 198/2021, publicada en el Boletín Oficial, se suma un inciso que establece que los empresarios deben presentar “una declaración jurada mediante la que el titular de la empresa solicitante manifiesta ser sujeto pasivo de la obligación de pago del aporte extraordinario previsto en el artículo 1 de la Ley 27.605 y ha cumplido con dicha obligación”. El REPRO II es un programa que otorga una suma mensual por cada empleado que es de $9.000 para los sectores no críticos, de $12.000 para los sectores críticos (como los servicios de catering y los salones de fiestas) y de $18.000 para el sector de la salud. En esa misma resolución, se formalizó que el monto será de $18.000 para los sectores considerados críticos para los salarios devengados este mes, en un marco de mayores restricciones y menos actividad en sectores como la gastronomía. La comisión de Presupuesto de la Cámara de Diputados fue convocada para el próximo jueves para emitir dictamen sobre el proyecto de reforma del Impuesto a las Ganancias a las Sociedades de Capital, que establece que la mayoría de las empresas pagarán una alícuota del 25%. El presidente de la comisión, Carlos Heller, anunció la convocatoria para el próximo jueves a fin de firmar el despacho proyecto que impulsa el Gobierno nacional, por el que busca aliviar la carga fiscal para el 90% de las empresas que en el 2020 pagaron una alícuota del 30%. El diputado oficialista realizó el anuncio tras concluir la reunión informativa donde expusieron la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont y el secretario de Políticas Tributarias Roberto Arias. El texto elaborado por el Poder Ejecutivo establece un primer escalón de 25% para ganancias netas acumuladas de hasta $5 millones, alícuota que no sólo abarca a las PyMEs sino también a la mayoría de las medianas empresas. El segundo escalón de 30% para ganancias netas acumuladas de más de $5 millones y hasta $20 millones y un último segmento de 35% para ganancias netas acumuladas superiores a $20 millones. Los dividendos distribuidos pagarán en todos los casos la alícuota de 7%, a través del impuesto cedular vigente. Por otra parte, la comisión de Presupuesto y Hacienda postergó hasta el jueves la firma del despacho sobre el Consenso Fiscal acordado entre el Gobierno Nacional y las provincias, y que cuenta con la aprobación del Senado. El acuerdo firmado entre Alberto Fernández y los mandatarios provinciales otorga $70.000 millones a las provincias para reactivar sus economías, prohíbe el aumento de la deuda pública y suspende procesos judiciales por la distribución de la Coparticipación Federal.

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