A través de la Resolución 145/2021 de la Secretaría General, a cargo de Julio Vitobello, el Gobierno Nacional procedió a la suspensión del pago de haberes correspondiente a la vicepresidente Cristina Fernández, quien tomó la decisión de dejar de cobrarlo a mediados del mes pasado y lo comunicó al Poder Ejecutivo a través de una carta dirigida a Vitobello, en la que también anunció que renunciaba al privilegio de no pagar Ganancias. En medio del enfrentamiento del Gobierno con el Poder Judicial, expresó que renuncia al pago del Impuesto a las Ganancias más allá de que tiene el “legítimo derecho” a no hacerlo “por asimilación legal de dichas asignaciones (jubilación y pensión) a las que perciben los integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, quienes como todos sabemos, no pagan impuestos a las ganancias”. En aquella oportunidad, desde el entorno de la ex mandataria aseguraron que se trató de una “decisión política” ya que “no se estaba adecuando a un dictamen judicial sino que le corresponde su sueldo como vice”. En la misma carta dirigida al secretario general de Presidencia, hizo hincapié en que fue “ilegítimamente privada” de la asignación mensual vitalicia por una decisión administrativa del Ministerio de Desarrollo Social, conducido por Carolina Stanley, “durante la gestión de Mauricio Macri”. La ex presidente había iniciado una demanda en 2017, tras la resolución firmada por Stanley que le impedía el doble cobro del beneficio previsional vitalicio. Cristina Fernández reclamó entonces la devolución de la pensión del ex presidente Néstor Kirchner y las sumas retenidas en concepto de Impuesto a las Ganancias. Como el resto de los ex presidentes, ex vicepresidentes y ex integrantes de la Corte Suprema, CFK goza del beneficio de la Asignación Mensual Vitalicia, previsto en la Ley 24.018. Pero la entonces diputada Margarita Stolbizer denunció que había irregularidades en el cobro de las dos pensiones, una por su mandato y otra por el de su esposo. La administración macrista entendió que tenía que elegir por una de las dos pensiones. En su demanda, Fernández había argumentado que se trataba de “un beneficio no contributivo especial, otorgado en reconocimiento del mérito y del honor de quienes ejercieron esos cargos y que es incompatible con el goce de toda otra jubilación, pensión, retiro o prestación, pero del régimen ordinario”. El 29 de diciembre de 2020, el juez federal de la Seguridad Social Ezequiel Pérez Nami hizo lugar al planteo de la vicepresidente y dispuso que se habilite el pago de la pensión que le correspondía, con intereses retroactivos y sin pagar el Impuesto a las Ganancias.
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