El oficialismo busca presionar a las provincias para que voten favorablemente la Ley de reforma Judicial. Esta semana avanzará en Diputados con un plan de salvataje financiero por la millonaria deuda que tienen los Estados provinciales con la ANSES. Por lo pronto ya se oficializó la suspensión por 45 días del cobro de dichas deudas mientras, por otra parte, el Senado busca darle media sanción al proyecto de reforma judicial. En clave política, la prórroga que oficializó el Poder Ejecutivo, se da en el marco de búsqueda de apoyo de parte de los gobernadores al polémico proyecto de Ley y a destrabar la postura de Juntos por el Cambio en Diputados que se niega a continuar sesionando de manera remota. El Frente de Todos quiere aprobar en el recinto esta semana una iniciativa que permitirá aliviar a 20 provincias del pago de una deuda de 126.000 millones de pesos con el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de la ANSES por los préstamos contraídos durante el gobierno de Mauricio Macri y cuyo cobro vencía este mes, pero el Gobierno terminó prorrogando por resolución. Esa deuda millonaria complica a la ANSES, ya que con estos fondos debería hacerse cargo de abonar los haberes de más de 800.000 jubilados que estaban contemplados en la Ley de Reparación Histórica. Si se aprueba la ley, será el Tesoro Nacional quien deba encargue de esos pagos.
Desde hace días la especulación que circulaba por el Congreso Nacional apuntaba a que este proyecto que se tratará en Diputados esta semana sería la moneda de cambio del Gobierno para convencer a los gobernadores que sus legisladores respalden la reforma judicial. En el artículo 2 de la resolución se especificó que la prórroga quedará sujeta a los siguientes términos y condiciones: Tasa de interés: desde la fecha de vencimiento original y hasta el final del plazo de prórroga (el “Período de devengamiento de intereses”) se devengarán intereses a una tasa de interés variable nominal anual equivalente a la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de más de Pesos Un Millón ($1.000.000) de treinta (30) días a treinta y cinco (35) días, o aquélla que en el futuro la sustituya, calculado considerando el promedio aritmético simple de las tasas diarias publicadas por el Banco Central de la República Argentina desde los diez días hábiles anteriores inclusive al inicio del Período de Devengamiento de Intereses y hasta los diez días hábiles anteriores a la finalización del Período de Devengamiento de Intereses. Cálculo de Intereses: Los intereses serán calculados sobre la base de los días efectivamente transcurridos y la cantidad exacta de días que tiene el año (actual/actual).
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