La AFIP extendió hoy hasta el 31 de julio la vigencia de los créditos a tasa cero para los contribuyentes monotributistas y autónomos, que se otorgan desde mayo último para morigerar los efectos de la pandemia. Para acceder a este tipo de crédito, hay que ingresar a la página web de la AFIP, en la pestaña “Crédito Tasa Cero”, donde el organismo determinará el importe mínimo y máximo (hasta un tope de 150 mil pesos) que puede ser otorgado a cada solicitante. El ente recaudador recordó que al efectuarse el desembolso de cada cuota del crédito, la entidad bancaria cancelará el monto equivalente a la obligación del período fiscal que corresponda, según el sujeto de que se trate. Los créditos a tasa cero se crearon en el marco del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, a efectos de que los beneficiarios se registren e ingresen los datos necesarios que el sistema requiera, para que las entidades bancarias procedan a otorgar el préstamo solicitado. De acuerdo con lo dispuesto, la entidad bancaria realizará el pago del “Volante Electrónico de Pago” correspondiente a las obligaciones de los tres períodos fiscales con vencimiento posterior al otorgamiento del crédito, en concepto de impuesto integrado y cotizaciones previsionales, en los casos de pequeños contribuyentes, y los aportes previsionales, para los casos de trabajadores autónomos. El tope de la línea es de 150 mil para las categoría D en adelante, de hasta 104.370 pesos para la categoría C; hasta 78.277 pesos para la categoría B y hasta 52.184 pesos para la categoría A de monotributo. Por su parte, los trabajadores autónomos que quieran acceder a este beneficio no podrán estar adheridos al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes (monotributo) ni ser integrantes de directorios de sociedades comerciales.
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