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Este 12 de septiembre se celebrarán las elecciones PASO en todo el país. Serán las primeras que se realicen en un contexto de pandemia, y determinarán quiénes serán los candidatos que se presenten en las Elecciones Legislativas 2021 a realizarse el 14 de noviembre. A menos de 30 días para el acto electoral, el padrón electoral quedó definido y las personas que no vayan a votar tendrán que justificarlo a través de internet. La gestión se deberá hacer en el apartado específico que ofrece la Cámara Nacional Electoral (CNE) en su página oficial. Allí se podrá cargar el documento que avale la ausencia en las elecciones, junto a los datos personales del ciudadano. Primero se deberá ingresar en el Registro de Infractores al deber de votar e indicar el número de DNI, sexo y distrito. Una vez iniciada la gestión, se deberá aclarar la razón específica por la que no se pudo acudir a votar junto con el documento que avale el motivo. 1) La ausencia se justifica por la distancia. Aquellas personas que durante el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros del establecimiento en el cual deben votar y justifiquen que la lejanía obedece a motivos razonables (cuestiones laborales, familiares o de otra índole). Estas personas se deberán acercar a la comisaría más cercana y pedir un certificado que avale el día y el lugar en el que se encuentran. 2) Por enfermedad. Se trata de las personas que están imposibilitadas por causas de fuerza mayor que les impide asistir al acto. Sin embargo, esto debe estar lo suficientemente comprobado porque debe ser justificado en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional. En su defecto, deberán ser revisados por médicos oficiales, provinciales o municipales. Si éstos últimos están ausentes deben ser observados por médicos particulares. 3) Por servicio público. El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo. 4) Casos de COVID o sospechosos. Las personas con coronavirus o aquellos que tengan síntomas compatibles con el virus tendrán justificada su ausencia. Asimismo, deberán cargar el documento con el resultado del hisopado. 5) Jueces y auxiliares. En estos casos, son personas que deben asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas durante el acto electoral, por lo tanto están justificados. En caso de no justificar el motivo de la ausencia, habrá consecuencias económicas y administrativas. El artículo 125 de la Constitución Nacional, en el apartado de “faltas electorales”, explica: “se impondrá multa de $50 a $500 al elector mayor de 18 años y menor de 70 años que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la justicia nacional electoral dentro de los sesenta 60 días de la respectiva elección”.

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