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La justicia federal de Córdoba le concedió una medida cautelar a un contribuyente que debía pagar el nuevo impuesto a la riqueza al considerar que para hacerlo debía liquidar “parte de su patrimonio” y le provocaría un “perjuicio grave”. El juez federal de Villa María, Roque Rebak, consideró que la denunciante, Aurora Blázquez, “ha acompañado documental contable que indica que a los efectos de poder asumir esta nueva obligación fiscal impuesta, debería liquidar y disponer parte de su patrimonio”. Por esta razón, “prima facie, se encontraría acreditado lo indicado en el inciso a) de mencionada ley, respecto de los perjuicios graves de imposible reparación ulterior que tendría la ejecución de la conducta material prevista en la norma cuestionada en el caso en particular”. A partir de esta situación, el magistrado consideró acreditado “de manera palmaria el peligro en la demora, tomando en consideración los diversos efectos que podrían provocar la aplicación de las disposiciones impugnadas y su gravitación económica, en función de la celeridad del actuar del ente recaudador”. Por todo lo expuesto, aceptó el pedido de la cautelar para que “los derechos constitucionales que se pretenden afectados se mantengan incólumes a lo largo del proceso, evitándose la concreción de un gravamen irreparable”. “En virtud de que las medidas cautelares tienen carácter provisorio y por ende modificables, corresponde, hacer lugar a la medida cautelar de no innovar solicitada”, indicó el magistrado de Córdoba. Con el compromiso de una caución de un millón de pesos, el juez le ordenó a la AFIP que “se abstenga de iniciar y/o proseguir cualquier reclamo administrativo o judicial derivado del impuesto que se pretende exigir”. El abogado experto en temas tributarios Diego Fraga destacó que este “es el primer antecedente que se conoce del juzgado federal de Villa María; es interesante porque, para otorgar la cautelar, el juez interviniente se centra en los perjuicios vinculados con la liquidación del patrimonio que resultaría necesaria para afrontar el pago del impuesto”. Además, enfatizó que el magistrado “también tiene en cuenta, para evaluar el peligro en la demora, que, si bien ya habían transcurrido los plazos para la presentación de la declaración jurada, el contribuyente ya había recibido un inicio de inspección”, como otros contribuyentes a los que el organismo tributario decidió controlar de cerca para que sumen su “Aporte Solidario”, que, en principio, le aportará al fisco unos $ 220.000 millones si se toma en cuenta lo declarado hasta ahora.

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