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El Senado convirtió en ley el proyecto que declara de interés nacional la enfermedad de fibrosis quística, como así también la donación de plasma, las recetas electrónicas y telemedicina. La sesión comenzó con la discusión para renovar el protocolo de renovación de funcionamiento remoto. Juntos por el Cambio reclamó que el reglamento se votara con los dos tercios de los votos, según fundamentaron Juan Carlos Romero, Humberto Schiavoni y Luis Naidenoff. José Mayans, jefe del bloque del Frente de Todos, recordó los roces de la última sesión cuando se votó con mayoría simple el tema Vicentin, la oposición denunció que la votación no fue legal, y sus legisladores argumentaron que debió ser por dos tercios y no la mitad más uno de los presentes. A pesar de esas insalvables diferencias, Martín Lousteau, presente por ser vicepresidente del cuerpo, pidió la palabra para que conste en actas que la intención de la oposición es acompañar las sesiones y el funcionamiento del Congreso por lo que, para salvar la cuestión, para el decreto 12/20 dieron unanimidad e insistió en que se dejara constancia también del reclamo por los dos tercios. Las leyes aprobadas como la ley que impulsa la lucha contra la fibrosis quística de páncreas o mucoviscidosis, establece que todos los tratamientos vinculados a esta enfermedad quedarán incluidos en el Programa Médico Obligatorio (PMO) y promueve “la detección e investigación de sus agentes causales, el diagnóstico, tratamiento, prevención, asistencia y rehabilitación” de los pacientes.

En el caso de receta digital, los legisladores buscaron tranquilizar a farmacéuticos. La Mesa Coordinadora de Farmacias de AMBA, integradas por La Asociación de Propietarios de Farmacias de la República Argentina (ASOFAR); la Cámara Argentina de Farmacias (CAF); la Cámara de Farmacias Bonaerense (CAFABO) y la Cámara de Farmacias de zona Sur del Conurbano Bonaerense (CAFASUR), advirtieron que “podrían correr peligro alrededor de 100.000 puestos de trabajo en forma directa e indirecta y la continuidad de 14.000 farmacias”. La ley establece que “la prescripción y dispensación de medicamentos, y toda otra prescripción, puedan ser redactadas y firmadas a través de firmas manuscritas, electrónicas o digitales, en recetas electrónicas o digitales, en todo el territorio nacional”. Pero además se fija que “los medicamentos prescriptos podrán ser dispensados en cualquier farmacia, servicios de farmacia de establecimientos de salud y establecimientos del sector salud habilitados para tal fin” y no en otro lugar. La campaña para promover la donación voluntaria de plasma de pacientes recuperados de coronavirus crea un “Registro nacional de pacientes recuperados de COVID-19 donantes de plasma” y otorga una licencia remunerada de dos días a quienes realicen la donación. “No podrá implicar afectación salarial alguna, descuentos, ni la pérdida del presentismo o cualquier otro beneficio laboral o adicional salarial que percibe”, se legisló.

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