El Gobierno anunció una ampliación de los topes de facturación que determinan qué empresas son consideradas dentro de la categoría de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs), una medida que entra en vigor este mes. Esta actualización representa un cambio significativo desde la última modificación de los parámetros el 31 de marzo de 2023. Mediante la resolución 30, publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Economía ajustó los límites según las ventas totales anuales, el personal ocupado y los activos expresados en pesos que las empresas deben tener. Estos montos máximos se dividen en cinco categorías que abarcan diferentes sectores económicos, como Comercio, Industria y Minería, Construcción, Servicios y Agro. Sin embargo, cabe destacar que el límite de activos en pesos permanece en $193 millones. La Dirección de Fortalecimiento de la Competitividad PyME categoriza a las empresas en función de su actividad principal y asigna un tramo según los montos de ventas totales anuales o la cantidad de empleados. Sebastián Domínguez, un destacado tributarista, señaló que la resolución 30 no actualiza el valor límite de activos, manteniéndolo en $194.000.000, lo que equivale a US$184.761 en dólares MEP. De acuerdo con Domínguez, “considerando la variación del IPC entre febrero de 2023 y 2024, el importe actualizado sería de $729.847.400”. Sin embargo, esta actualización plantea desafíos para algunas empresas, ya que podrían ser clasificadas en una categoría más alta debido a la inflación, lo que podría llevar a la pérdida de beneficios tributarios relevantes.
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