Finalmente se conocieron los fundamentos de la sentencia contra Cristina Fernández, a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos en el cierre del juicio de la causa Vialidad. La Justicia encontró culpable a la vicepresidente del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, pero no por asociación ilícita contra la acusación de la fiscalía, que al igual que la defensa va a apelar la sentencia del Tribunal. A lo largo de 1616 fojas, los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso profundizaron sobre las razones por las que consideran que hubo un fraude “descomunal” e “inaudito” al Estado por parte del funcionarios nacionales y provinciales y las empresas constructoras del Grupo Báez. Los fundamentos de la causa Vialidad dejaron decenas de frases durísimas que se refieren a maniobras de corrupción orquestadas para beneficiar a Lázaro Báez: “Se ha acreditado la intervención en la maniobra de integrantes de las más altas esferas del Poder Ejecutivo Nacional, de la Dirección Nacional de Vialidad y de la Administración General de Vialidad Provincial de la Provincia de Santa Cruz, en connivencia con un empresario de la construcción dedicado a la obra pública, con el propósito de asegurarle un beneficio económico tanto a éste como a la sociedad conyugal integrada por los ex presidentes Néstor Carlos Kirchner y Cristina Elisabet Fernández de Kirchner. Hemos visto una promiscua y absoluta confusión entre ambas esferas, marcada por acuerdos espurios entre las personas interesadas con claras notas distintivas de las prácticas organizadas de corrupción estatal y empresarial y visos propios de los delitos económicos, tendientes a asegurar los beneficios pecuniarios a favor de los nombrados de acuerdo a su naturaleza y entidad”. El tribunal también afirmó: “La magnitud de la empresa criminal aquí investigada supuso una planificación y sofisticación magnífica, en la que actuaron diferentes niveles administrativos encolumnados bajo una misma finalidad. Ha sido dirimente la comprobación de un interés manifiesto sobre el plan criminal de la por entonces presidente de la Nación Cristina Fernández de Kirchner, puesto de relieve a través de su participación en los beneficios económicos obtenidos por intermedio de múltiples vínculos contractuales y comerciales con Lázaro Antonio Báez en forma concomitante a la ejecución de esta maniobra”. En los fundamentos el tribunal también habla de un perjuicio descomunal sin precedente: “Se han acreditado dentro de la maniobra diversos aspectos a través de los cuales se concretó un perjuicio descomunal y sin precedentes para las arcas públicas durante el período analizado. La prueba ha evidenciado que durante al menos parte del período investigado (los informes producidos identifican obras viales por provincia con certificación de enero de 2010 en adelante), la provincia de Santa Cruz fue la principal receptora de inversiones en materia de obra pública vial. Según los cálculos del tribunal, las maniobras causaron al Estado un perjuicio neto de 646 millones de pesos. La falta de sanción judicial de esas prácticas corruptas parece ser una función deseada del sistema y su sostenimiento en el tiempo con el claro fin de garantizar la impunidad”.
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