El tiempo - Tutiempo.net

El Gobierno nacional precisó el alcance de las licencias a trabajadores estatales y privados, por un plazo de 14 días corridos debido al coronavirus, que incluyen la autorización a no concurrir al lugar de trabajo para el personal de la administración pública nacional y la recomendación de “disminuir” la presencia de trabajadores en las empresas. Las precisiones fueron informadas a través de la decisión administrativa 390 de la Jefatura de Gabinete, que encabeza Santiago Cafiero, y la resolución 207 del Ministerio de Trabajo, que conduce Claudio Moroni, ambas publicadas hoy en el Boletín Oficial. Según la decisión administrativa 390 se autoriza a los trabajadores a realizar sus “tareas habituales u otras análogas en forma remota”, previa notificación a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART). La medida autoriza también a “dispensar del deber de asistencia a su lugar de trabajo”, por 14 días, a las personas que estén “comprendidas en alguno de los grupos de riesgo conforme la definición de la autoridad sanitaria nacional”, que comprenden las personas mayores de 60 años, las embarazadas y grupos de riesgo.

Entre estos últimos se incluyen las personas con enfermedades respiratorias crónicas, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo. También, a las personas que padecen insuficiencia cardíaca, enfermedades coronarias, valvulopatías y cardiopatías congénitas; con inmunodeficiencias, diabetes, insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los próximos seis meses.

Respecto de los “trabajadores que hagan uso de la modalidad de trabajo remoto”, la norma indica que deberán “indicar el domicilio en el que desarrollará sus tareas mediante una declaración jurada” y se deberá informar de ello a Aseguradora de Riesgos del Trabajo a los efectos de “garantizar la cobertura por accidentes de trabajo”. Por otra parte, el Ministerio de Trabajo publicó en el Boletín Oficial de hoy la resolución 207, por medio de la cual se “suspende el deber de asistencia al lugar de trabajo por el plazo de 14 días, con goce íntegro de sus remuneraciones, a todos los trabajadores mayores de 60 años, a las embarazadas y a los incluidos en grupos de riesgo.

Compartir

.