La AFIP habilitó el trámite para deducir los gastos educativos del Impuesto a las Ganancias. Luego de dos meses y medio de la promulgación del cambio, ya está disponible el formulario para cargar las deducciones correspondientes a 2022 por los hijos de hasta 24 años. La erogación por gastos de servicios educativos o compras de útiles escolares fue establecida en la Ley de Presupuesto 2023 y tiene vigencia a partir de 2022. Por el año pasado, se podrá obtener una devolución de lo retenido por el impuesto que será de un máximo de $35.359, mientras que para este año está previsto un tope mayor que alcanza los $63.235. El formulario de Ganancias para el 2022 estará disponible hasta el 31 de marzo. Para hacer la declaración será necesario seguir los siguientes pasos: 1) Contar con los comprobantes de los gastos. 2) Ingresar con clave fiscal en el sitio de AFIP. 3) Cliquear, entre los servicios interactivos que se despliega, la opción Siradig-Trabajador. Es la misma planilla que se utiliza para cargar deducciones por familiares a cargo o también las devoluciones del 35% o 45% por la compra de moneda extranjera o la adquisición de bienes y servicios en el exterior o a proveedores del exterior. 4) Se debe ir la solapa denominada “Carga de formulario”. 5) Luego ir a “Deducciones y desgravaciones”. Allí aparece el nuevo concepto: Gastos en educación. Al ingresar en ese ítem, se pedirá colocar el período, el cual corresponde el comprobante a cargar. 6) Al ir a la opción “Alta de Comprobante”, se deberá informar fecha, tipo, número y monto. 7) El sistema también solicita el dato de la “Entidad Proveedora”, que puede ser una institución educativa, un comercio o la persona que da el servicio, y su número de CUIT. 8) Además, se deberá optar entre las opciones de “Servicios con fines educativos” o “Herramientas educativas”, según sea el concepto a deducir. A su vez, el sistema solicita identificar a qué tipo de familia corresponde el gasto que se declara. Según lo establecido por la ley, hay dos opciones: A) Hijos declarados a cargo. En este caso deben ser menores de 18 años o estar incapacitados para el trabajo. B) Hijos de entre 18 y 24 años que cursen “estudios regulares o profesionales de un arte u oficio, que les impida proveerse de medios necesarios para sostenerse independientemente” y que no tengan en todo el año ingresos netos que superen el monto de $252.564,84 por 2022 y de $451.683,19 por 2023. Para continuar con el trámite se debe cliquear alguna de estas dos opciones: hijos declarados a cargo o hijos de 18 a 24 años. En ambos casos se deberá completar el CUIT o DNI. Automáticamente, aparecerá la información de la persona: apellido, nombre y fecha de nacimiento. Luego se deberá declarar si se aplicará la deducción al 100% o al 50%. Esta última opción corresponde cuando ambos padres declaran en Ganancias al hijo o a los hijos y, entonces, se aplica la mitad del importe deducible para cada uno. Una vez completados todos los datos, se deben guardar. Luego para generar la declaración se debe ir a “Vista Previa” (en la parte inferior de la pantalla) para que se despliegue un borrador de la planilla con la información cargada. Una vez que se confirma que los datos consignados son los correctos, se puede ir al botón “Enviar al Empleador”.
Compartir
a>