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Santiago Chano Moreno Charpentier quedó formalmente acusado de “abuso sexual agravado” en un caso que volvió a la luz después de una denuncia presentada en 2018 por Militta Bora, quien fuera su pareja en 2016 mientras compartían residencia en el vecindario de Saavedra en Buenos Aires. Según fuentes judiciales, esta determinación se produce en respuesta a un fallo previo de la Cámara de Casación en 2021, que cuestionó severamente la actuación de los jueces involucrados en el proceso. El líder de la banda Tan Biónica continuará enfrentando el proceso legal por otros dos incidentes de violencia relacionados con Militta Bora. Chano tiene la opción de apelar esta decisión ante la Cámara del Crimen. La jueza Patricia Llerena, al referirse a la anulación del cierre del caso por parte de la Cámara de Casación, expresó que se había colocado la carga de probar los elementos de la denuncia sobre la víctima misma, en lugar de reconocer la responsabilidad institucional correspondiente. Inicialmente, la causa había sido archivada sin solicitar el testimonio de Militta Bora. Sin embargo, cuando la cantante presentó evidencia y testigos, el caso fue reabierto. La Cámara del Crimen confirmó la decisión y la querella apeló a la Cámara de Casación, que determinó que ni los jueces anteriores ni el Juzgado 46 debían continuar a cargo y ordenó la transferencia del caso a otro juzgado para una investigación más exhaustiva. El fallo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº60 destaca la importancia del testimonio de la querellante en un caso de naturaleza sexual, donde el agresor busca la intimidad con la víctima para asegurarse de que no haya testigos. Este testimonio se alinea con otras pruebas presentadas durante el proceso. La declaración de Militta Bora se mantiene constante en varios contextos, incluida la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema y dos fiscalías diferentes. Además, se enfatiza en el informe del Departamento de Psicología del Cuerpo Médico Forense y en los testimonios de personas cercanas a la querellante. La resolución subraya que estos eventos están enmarcados en un contexto de violencia de género, caracterizado por la discriminación de las mujeres y un patrón de control y dominación. La serie de agresiones y maltratos descritos por la denunciante se verifica a través de testigos.

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