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La Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados busca elevar de $2 millones a $6 millones el mínimo a partir del cual los contribuyentes tienen que empezar a pagar el impuesto a los Bienes Personales, que ya cuenta con media sanción en el Senado. En cuanto a los bienes que sirven de inmuebles destinados a casa-habitación del contribuyente o el causante en caso de sucesiones indivisas, no estarán alcanzados por el impuesto cuando su valor determinado sea igual o inferior a $30 millones. La iniciativa, propuesta por el cordobés Carlos Caserio, fue votada por unanimidad en el Senado (50 votos positivos). En el recinto se aprobó una redacción distinta a la que se proponía originalmente, tras conversaciones del oficialismo con el Ministerio de Economía, por lo que se cambiaron los montos. De acuerdo al texto, se modifica el artículo 24 de la Ley 27.480, de manera de establecer que no van a pagar este tributo las personas que posean bienes con valores iguales o inferiores a 6 millones de pesos. Actualmente el monto estimado es de 2 millones de pesos, y el proyecto original de Caserio hablaba de 8 millones. Además, indica que de tratarse de inmuebles destinados a casa-habitación del contribuyente, o del causante en el caso de sucesiones indivisas, no estarán alcanzados por el impuesto cuando resulten iguales o inferiores a 30 millones de pesos. En la actualidad, este monto está en 18 millones de pesos y el texto inicial estimaba 50 millones. En cuanto al mecanismo de actualización, la iniciativa se propone establecer que tanto el mínimo no imponible del impuesto como el valor hasta el cual está exenta la vivienda se reajusten cada mes de diciembre “utilizando lo establecido en el artículo 27 de la presente norma legal”. El citado artículo de la ley de Bienes Personales, impuesto creado en 1991, estableció que la Dirección General Impositiva debía elaborar anualmente los coeficientes de actualización “sobre la base de los datos relativos a la variación de índices de precios al por mayor, nivel general, que deberá suministrar el Instituto Nacional de Estadística y Censos”. Respecto al proyecto, el presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda apuntó que también se modifica “el artículo 27 de la ley actual para que la actualización sea automática en diciembre de cada año y se utilice el índice de precios mayoristas a nivel general”. “Es una ley justa, sensata, que ayuda en un momento difícil de la Argentina, donde los argentinos están saliendo de la pandemia, donde se está logrando la recuperación”, manifestó el cordobés, que estimó que “alrededor de 600 mil personas son las que van a dejar de pagar el tributo”, señala Parlamentario.

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