La justicia autorizó a la vicepresidente Cristina Fernández a cobrar nuevamente la pensión de Néstor Kirchner. El juez federal subrogante de la Seguridad Social Ezequiel Pérez Nami, hizo lugar a un planteo de la vicepresidente y dispuso que se habilite el pago de la pensión que le correspondía, con intereses retroactivos y sin pagar el impuesto a las Ganancias. El ex secretario de Seguridad Social durante el macrismo Alejandro Chiti calculó que Fernández podrá cobrar unos “dos millones de pesos por mes y 100 millones de pesos más como retroactivo”. La demanda se inició en 2017 a pedido de CFK. Buscaba que la nulidad de los actos administrativos dictados por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, que comandaba Carolina Stanley. En ese mismo marco, reclamaba “la inmediata devolución respecto de su beneficio no Contributivo derivado de su cónyuge Néstor Carlos Kirchner como así también del propio, de las sumas retenidas en concepto de impuesto a las Ganancias, ello de conformidad con lo dispuesto por la Acordada Corte Suprema de Justicia de la Nación Nº 20/96, y que se liquiden ambas prestaciones de acuerdo al Decreto PEN 1417/87 y jurisprudencia del Tribunal sobre la materia”. Es que CFK, al igual que el resto de los ex presidentes, ex vicepresidentes y ex integrantes de la Corte Suprema, goza del beneficio de la Asignación Mensual Vitalicia, previsto en la ley 24.018. Pero la entonces diputada Margarita Stolbizer, entonces aliada de Sergio Massa, denunció irregularidades en el cobro de las dos pensiones, una por su mandato y otra por el de su esposo fallecido. Fue en 2016 cuando Stolbizer aseguró que eso le permitía cobrar una suma cercana a los 340 mil pesos. Fue así que la administración macrista entendió que la entonces ex presidente tenía que elegir por una de las dos pensiones. El caso llegó a la Justicia.
En su demanda, Fernández de Kirchner afirmó que se trataba de “un beneficio no contributivo especial, otorgado en reconocimiento del mérito y del honor de quienes ejercieron esos cargos y que es incompatible con el goce de toda otra jubilación, pensión, retiro o prestación, pero del régimen ordinario”. Y hasta puso de ejemplo el caso del ex ministro de la Corte Carlos Fayt, de su ex vicepresidente Julio Cobos y de la ex presidenta María Estela Martínez de Perón, para ejemplificar un trato desigual hacia ella. Ahora el juez subrogante, con apoyo de la fiscalía, entendió que la resolución que dispuso esa medida dictada por la gestión macrista debía anularse. Primero entendió que CFK no había sido debidamente notificada de la resolución. “Esto significa que se retuvo la prestación de asignación mensual vitalicia en su carácter de ex presidente de la Nación, sin que existiera notificación fehacientemente de dicho acto en legal tiempo y forma, a los efectos de ejercer debidamente su defensa”, señaló.
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